
Orlando, Fla.—Las regulaciones para horarios de servicio de los transportistas son emitidas por la Administración Federal de Seguridad de Transportes de Motor y son las que gobiernan el horario permitido para los conductores de camiones, tanto en la Florida como en todo el resto de la nación.
La sección 316.302 de Estatutos de la Florida provee estos horarios para personas que únicamente operan vehículos de motor comerciales en comercio interestatal.
- Los conductores pueden manejar un periodo de 12 horas luego de estar 10 horas consecutivas fuera de servicio.
- Los conductores no podrán manejar luego de la hora número 16 luego de haber estado en servicio al haber pasado sus 10 hora de descanso.
- Los conductores no podrán manejar 70/80 horas de servicio en un periodo de 7 a 8 días consecutivos.
- Los conductores que no hayan excedido un radio de 150 millas aéreas y no poseen carga peligrosa estarán exentos de llevar el requerido récord de horarios.
- Los conductores que no hayan sido relevados de su labor luego de pasar 12 horas, deberán documentar su tiempo de manejo.
En junio 1ro del 2020, la Administración Federal de Seguridad de Transportes de Motor revisó cuatro de las provisiones de las regulaciones para horarios de servicio, para proveer mayor flexibilidad para los transportistas sin que se afecte el nivel de seguridad en las carreteras y autopistas.
LO QUE CAMBIÓ
Viajes Cortos
Se expandió la excepción de las mencionadas 150 millas aéreas y permite llevar a cabo un turno de 14 horas de trabajo.
Descanso Obligatorio de 30 Minutos
Esta modificación a la regla requiere un descanso de al menos 30 minutos consecutivos luego de 8 horas acumuladas de manejar un transporte (diferente a horas de servicio). O sea, un periodo de “en servicio” pero no manejando que permite cualificar para el tiempo de descanso requerido.
La Provisión de Litera para Descanso
Se modifica la excepción que permite al conductor cumplir cons sus 10 horas mínimas de “fuera de servicio” al pasar al menos 7 horas de ese periodo en la litera de descanso combinadas con al menos 2 horas dentro o fuera de la litera, buscando la forma de que al combinar se llegue a la meta de las 10 horas requeridas. Cuando estos periodos se combinan según se especifica, ninguno cualificará para la ventana de las 14 horas al volante.
Antes de que existiera el mandato del Registro de Horas Electrónico (ELD por sus siglas en inglés), los conductores de camiones se veían obligados a recopilar sus horarios de servicio en papel, lo que hacía viable que fuese editado. Ahora, luego de la implementación del mandato del ELD, los transportistas tienen que estar bien pendientes de sus horarios de servicio para cumplir con las reglas.
El Departamento de Transportación de los Estados Unidos considera la falta de sueño o descanso, una de las causas principales de accidentes que envuelven vehículos comerciales. A ello se le atribuye una gran cantidad de muertes anualmente.
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Yolegnys Solano, CSR / 2-15
Agente de Seguros - Customer Service
