
Orlando, Florida—Por primera vez desde el 1938, la Administración Federal para la Seguridad de Carga Motriz, (FMCSA por sus siglas en inglés) declaró que los camioneros que estén moviendo bienes en apoyo a esfuerzos de ayuda de emergencia, relacionados con el COVID-19, no tendrán que cumplir las restricciones de horas de servicio según requerido por la Ley.
Dichas declaraciones de emergencia han sido emitidas anteriormente, de forma individual por los estados, o por emergencias regionales como los huracanes o sequía, pero la FMCSA confirma que esta es la primera vez que una declaración nacional de este tipo es emitida. Como sabemos, los camioneros están limitados a manejar hasta 11 horas corridas dentro de un periodo de 14 horas, pero cuando éstos transportan cargas pesadas de organizaciones de emergencia, como la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias conocida como FEMA, estas reglas no serán aplicables. A los conductores todavía se les pedirá que obtengan suficiente descanso mientras transportan los artículos de primera necesidad, en una emergencia, para asegurar que los mismos lleguen a su destino final a tiempo y de forma segura.
Esto se considera una movida sin precedente, dada la urgencia y presión que a la que los hospitales y comerciantes son sometidos, para que tengan suficientes abastos durante el periodo de la emergencia por la pandemia del coronavirus. En otras palabras, los camioneros que transportan máscaras de protección, desinfectante de manos y otros artículos de medicina y consumo relacionados con este evento no tienen que cumplir con su requerimiento de horas establecidos por la ley federal.
Dato: Los camioneros transportan en peso, el 70 por ciento de todos los bienes de la nación americana. Son ellos los responsables de que tu tienda, farmacia y hospital tenga disponible lo que necesitas.
La declaración de FMCSA provee un alivio necesario para las operaciones de transporte que proveen apoyo a los esfuerzos de manejo y recuperación de emergencia tales como:
- Artículos médicos y equipo relacionado a las pruebas, diagnóstico y tratamiento del COVID-19 (coronavirus).
- Abastos y equipo como máscaras, guantes, desinfectante de manos, jabón y desinfectantes, necesarios para los trabajadores de la salud, para la seguridad de la comunidad y pacientes, desinfectantes y prevención de contagio del coronavirus en las distintas comunidades.
- Re-abastecimiento de alimentos y otros artículos de primera necesidad.
- Personas necesarias para el establecimiento y manejo de lugares de residencia temporera, y facilidades de cuarentena relacionadas con la pandemia.
- Personas designadas por las autoridades federales, estatales o locales para transporte médico, aislamiento o propósitos de cuarentena.
- Personal que provee servicios médicos u otro tipo de servicio emergencias.
De acuerdo con la declaración de emergencia, si el conductor informa a la compañía que necesita tiempo de descanso inmediatamente, a éste debe permitírsele al menos 10 horas consecutivas fuera de turno antes de requerirle que regrese al terminal, o su lugar de reporte. Una vez el conductor ha regresado, a este se le deben liberar sus responsabilidades de turno y debe recibir sus 10 horas de descanso en el caso de transportar bienes, y 8 horas si transporta pasajeros.
El apoyo de emergencia no incluye las rutinas de entregas comerciales, o transportación de carga mixta que pueda incluir artículos esenciales, ni equipos y personas que no estén relacionadas con los esfuerzos de ayuda de emergencia por la propagación del COVID-19.
Las compañías de transporte o sus conductores que han sido sometidos a una orden de “fuera-de-servicio” no son elegibles para el apoyo provisto en esta declaración. Estos deberán haber cumplido las condiciones que apliquen para su revocación y su orden de la FMCSA esté fuera de vigor.
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Mariana Zorrilla, CIC, CRIS, CPIA
Agente Principal
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